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Plan de desarrollo institucional para la Facultad de Ciencias Económicas
 

 

Expte. Nº 24.865


SANTA FE, 29 AGO 2002

          VISTO que el Consejo Superior aprobó en marzo del año 2000, la Resolución Nº 4, en la que se implementa la puesta en marcha del Plan de Desarrollo Institucional para la U.N.L, como un proyecto colectivo y global de la Universidad y
          CONSIDERANDO:
          Que dicha resolución se fundamenta en los procesos de evaluación institucional que hasta la fecha se habían llevado adelante (autoevaluación, evaluación externa y evaluación social),
          Que de las acciones realizadas se obtienen, en forma coincidente, señalamientos de fortalezas y debilidades institucionales, las que se explicitan detalladamente en dicha resolución,
          Que del listado de fortalezas y debilidades se reconocen varias como pertinentes a nuestra Facultad ya que las mismas han sido señaladas en el proceso de evaluación realizado particularmente en la Facultad de Ciencias Económicas,
          Que un proyecto institucional superador de las problemáticas que se detecten, debe ser participativo y capaz de reflejar la voluntad política de la comunidad de nuestra Facultad como así también la opinión de los actores sociales extra institucionales,
          Que las consideraciones anteriores indican la necesidad de generar un Plan de Desarrollo Institucional que brinde un marco coherente, articulado y consensuado para orientar la toma de decisiones de la gestión y la conducción en los aspectos temáticos a modificar, mantener y/o potenciar. Es decir que el Plan de Desarrollo Institucional precede y preside los procesos deliberados de transformación para el mejoramiento de la calidad educativa,
          POR ELLO y teniendo en cuenta el despacho de la Comisión de Enseñanza,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD
DE CIENCIAS ECONÓMICAS
RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Implementar la puesta en marcha del Plan de Desarrollo Institucional para la Facultad de Ciencias Económicas, como un proyecto colectivo y global de la Facultad con ejes multisectoriales orientadores del desarrollo que será un espacio de acuerdos, promoción y participación de la comunidad de esta unidad académica.-
ARTÍCULO 2º.- Establecer que los criterios generales para el desarrollo del citado plan, en línea con los establecidos en la resolución citada en el visto de la presente, deberán:
- conformar un Instrumento de gestión que permita equilibrar el tratamiento de los problemas generales de la institución con la imprescindible sensibilidad frente a las diferenciaciones entre las diversas áreas de actuación y unidades organizativas de la Facultad.
- lograr legitimidad institucional y política, a través de la participación democrática de los distintos estamentos que integran el Consejo Directivo
- recuperar la historia de la Universidad y de la Facultad de Ciencias Económicas en particular, a fin de que las propuestas y acciones a implementar resulten adecuadas, y consecuentes con las peculiaridades e idiosincrasias institucionales.
- crear las condiciones para progresar en la creación, transmisión y apropiación del saber, promoviendo la comunicación e interacción de las diversidades, el diálogo de los circuitos y culturas académicos, a través de estrategias de gradualidad y generación de consensos
- respetar y aplicar el estilo de trabajo propio de la Universidad, es decir el estilo de trabajo científico, donde el planeamiento se conforma como una escuela de aprendizaje permanente.
- proporcionar estímulos reales y condiciones posibles para la producción académica y el mejoramiento de su calidad.
- institucionalizar espacios y momentos que viabilicen la permanencia y la regularidad de las funciones de planificación a través de una adecuada combinación de los aspectos técnicos y políticos que distribuya esos equilibrios en los niveles centrales y en los descentralizados.
- Lograr una adecuada articulación entre las diversas Unidades de Organización de la Facultad, propendiendo hacia el máximo aprovechamiento de los recursos humanos y materiales del conjunto.
- Contar con información institucional precisa, transparente y científicamente rigurosa, actualizada y accesible y orientada hacia la toma de decisiones.
Todo enmarcado en una "política del conocimiento" donde la misión principal sea el MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD.-
ARTICULO 3º.- El Plan de Desarrollo Institucional se deberá articular a través de los ejes rectores fijados, para la Universidad Nacional del Litoral en su conjunto, con el artículo 3º de la Resolución C.S. Nº 04/2000, el que textualmente consigna:
“Una Universidad que defina y gestione desde sus cuerpos colegiados de gobierno el proyecto institucional en el ejercicio pleno de su autonomía.
Una Universidad que eduque ciudadanos libres y aptos para integrarse a una sociedad democrática, con el más alto nivel de calidad y en toda la diversidad de saberes científicos, técnicos, humanísticos y culturales.
Una Universidad en la búsqueda permanente de ampliar las fronteras del conocimiento en un equilibrio entre la investigación fundamental y la orientada hacia objetivos específicos para beneficio de toda la sociedad.
Una Universidad que interactúe con el Sector Productivo y el Estado, generando el ambiente propicio para los procesos de innovación científica y tecnológica necesarios para el desarrollo sustentable de la región.
Una Universidad que protagonice la construcción de una región socialmente inclusiva, en la que el conocimiento y los demás bienes culturales se distribuyan equitativamente.
Una Universidad que proporcione a los integrantes de su comunidad universitaria las mejores condiciones para el desarrollo de sus actividades.”
ARTÍCULO 4º.- El Consejo Directivo aprobará el Plan de Trabajo, los Programas y Proyectos que de él se deriven y evaluará los avances del proceso a que refiere el artículo primero de la presente.-
ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que la puesta en marcha del Plan aprobado por la presente disposición deberá conjugar inteligentemente las necesidades de largo plazo de planificación estratégica con el mediano plazo de programas y proyectos, e inclusive, con el corto plazo de las urgencias cotidianas de la institución.-
ARTÍCULO 6º.- Encomendar al Decano la adopción de las medidas conducentes a instrumentar la presente disposición.
ARTÍCULO 7º.- Inscríbase, comuníquese, tómese nota y archívese.-

RESOLUCIÓN C.D. Nº 407


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